Los departamentos Capital, Río Cuarto, San Martín, Colón, General Roca y Tercero Arriba marcaron su disidencia al votar en negativo el planteo del gobierno.
La Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC) aprobó este viernes la oferta salarial del gobierno de Martín Llaryora. De las 26 delegaciones que engloban al gremio, 20 aceptaron y 6 rechazaron la propuesta.
Los departamentos Capital, Río Cuarto, San Martín, Colón, General Roca y Tercero Arriba marcaron su disidencia al votar en negativo el planteo del gobierno.
El acuerdo salarial que se rubricará en las próximas horas despejará la conflictividad para la administración de Martín Llaryora hasta enero del 2025 cuando se retomarán las negociaciones.
???? La Asamblea Provincial de Delegadas y Delegados Departamentales aceptó por mayoría la cuarta propuesta salarial realizada por el poder Ejecutivo Provincial para la segunda etapa del 2024.
— Unión de Educadores (@UEPC_oficial) 16 de agosto de 2024
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Así, en términos generales, UEPC resolvió aceptar por mayoría la cuarta propuesta salarial realizada por el poder Ejecutivo Provincial para la segunda etapa del 2024.
El acuerdo prevé una cláusula gatillo 100% del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulativa, remunerativo y bonificable para todos los cargos y posiciones del escalafón.
Además, se incrementará la suma fija otorgada por cargo y hasta 20 horas cátedras a $40.000 en agosto, a $40.000 en septiembre, a $45.000 en octubre $50.000 noviembre, $55.000 en diciembre y $55.000 en enero.
Para docentes de la universidad provincial, se otorgará una compensación por el Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID) que el Gobierno Nacional suspendió. Para dedicación simple, es de 45 mil pesos y para dedicación exclusiva, 90 mil. El módulo hora propuesto será de $4.500.
A partir de agosto se eliminará el diferimiento a 60 días para aquellos jubilados docentes que perciban hasta $730.000, quienes cobrarán los aumentos el mes siguiente en que lo perciben los activos.
Además se eleva el haber mínimo a $150.000, con lo cual el límite para la aplicación del descuento del Artículo 58 de la Ley 8.024/ Mod. 10.694/20, pasó a ser de $900.000.