La nómina incluye feriados inamovibles, fechas trasladables y tres días no laborables con fines turísticos, con el objetivo de ordenar el esquema de descansos y promover la actividad turística a lo largo del año.
El Gobierno nacional oficializó el calendario de feriados para 2026, estableciendo varias fechas de descanso que incluyen tres días no laborables con el objetivo de impulsar el turismo interno. La decisión fue publicada en el Boletín Oficial y contempla tanto feriados tradicionales como jornadas pensadas para fomentar viajes y actividades de esparcimiento en distintas regiones del país.
A continuación, se detallan las fechas de descanso que estarán vigentes el año próximo:
Estas son las jornadas que se celebran inamoviblemente en su fecha correspondiente:
1° de enero – Año Nuevo
16 y 17 de febrero – Carnaval
24 de marzo – Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
2 de abril – Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
3 de abril – Viernes Santo
1° de mayo – Día del Trabajador
25 de mayo – Día de la Revolución de Mayo
20 de junio – Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de julio – Día de la Independencia
8 de diciembre – Inmaculada Concepción de María
25 de diciembre – Navidad
Algunas efemérides se celebrarán en días distintos para optimizar descansos y fomentar fines de semana largos:
17 de junio – Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
17 de agosto – Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
20 de noviembre – Día de la Soberanía Nacional
Además de los feriados habituales, el Gobierno fijó tres días no laborables adicionales,denominados “días no laborales con fines turísticos”, para promover el turismo interno, lo que significa que esas fechas podrían aprovecharse para escapadas o viajes dentro del país.