Fue sancionada por 128 contra 114 votos. El proyecto, impulsados por el Frente de Todos, promueve que los contratos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral.
La cuestión llevaba tiempo en análisis de dirigentes de todos los espacios, merced a que la norma aprobada en julio de 2020, en plena pandemia, parecía no cerrar.
El proceso inflacionario que derivó en la especulación hizo que su aplicación encontrara cada vez más complejidades.
Por eso el Congreso resolvió debatir cambios a la Ley de Alquileres, que quedaron certificados esta madrugada, con la aprobación en Diputados. Alrededor de las 5:00 y con 128 votos a favor (114 en contra), el texto que provenía del Senado fue aprobado en la Cámara Baja.
Así, los cambios comenzarán a regir cuando la normativa sea publicada en el Boletín Oficial, que se espera para los próximos días.
Al fundamentar la posición del oficialismo, el diputado del Frente de Todos, Lucas Godoy, dijo que el alquiler de propiedades para vivienda familiar "es un tema que repercute en la vida de alrededor de 8 millones de personas" y "este contrato nunca tuvo ni tendrá una relación paritaria de igualdad de partes. La ley debe entonces amparar y equilibrar las condiciones de los contratantes".
También, el Senado modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que "los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA".
El texto aprobado por el Senado, además, incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que "los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".
También fija que cualquier "publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional" y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.
En cuanto a los beneficios impositivos los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren "debidamente registrados" ante la AFIP.
Además las "partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación".