El proyecto oficial que ingresó al Congreso busca modernizar las normas de trabajo con ajustes en vacaciones, indemnizaciones, jornada laboral y otros puntos clave de la legislación laboral.
El Gobierno nacional presentó un proyecto de Reforma Laboral que fue enviado al Senado para su tratamiento en sesiones extraordinarias. La iniciativa incluye cambios en aspectos clave de la relación laboral, con el objetivo de modernizar normas vigentes y adaptarlas a las condiciones actuales del mercado de trabajo.
La reforma reorganiza el régimen de vacaciones. El período anual de descanso deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque empleadores y empleados podrán acordar fechas distintas. Además, se permite fraccionar las vacaciones en tramos no menores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda tomar vacaciones de verano al menos una vez cada tres años. En caso de interrupción por enfermedad, los días pendientes deberán reprogramarse.
Se redefine la indemnización por despido sin justa causa, calculada en base a un mes de sueldo por año trabajado, tomando como referencia la mejor remuneración normal y habitual. El proyecto también habilita a empleadores a conformar fondos de cese laboral para cubrir estas indemnizaciones, y establece topes según convenios aplicables.
La iniciativa amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Algunos beneficios sociales, como comedor o reintegros médicos, quedan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones. Además, se exige que los salarios sean abonados por medios electrónicos, y se actualiza el régimen de recibos y deducciones.
El proyecto impacta en la llamada ultraactividad de los acuerdos salariales, limitando la extensión de componentes variables más allá de su vigencia. También propone un registro centralizado ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para formalizar relaciones laborales y fortalecer la presunción a favor del trabajador cuando haya omisiones de registración.
Se restringe la aplicación extensiva de los convenios colectivos solo a sus partes directas, permitiendo negociaciones de personal part-time o componentes salariales variables dentro de cada sector. Los convenios también podrán reemplazar el régimen indemnizatorio tradicional por fondos de cese laboral sectoriales.
El texto propone actualizar créditos laborales en función del IPC más un porcentaje adicional anual, con límites para evitar desequilibrios. También establece reglas para la tramitación de juicios laborales, preferencia de pagos mediante cuentas sueldo y la obligación de que los jueces remitan antecedentes de empleo no registrado a la ARCA.
La reforma introduce modificaciones en la regulación de prácticas gremiales, incluyendo la necesidad de consentimiento expreso del trabajador para deducciones a favor de sindicatos y nuevos requisitos para acuerdos transaccionales o conciliatorios que involucren intervención judicial o administrativa.