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VILLA NUEVA - CBA



Le cargaron nafta a un auto diésel y la estación de servicio deberá pagar $7 millones

Una estación de servicio de Pergamino fue condenada a indemnizar a un automovilista luego de que uno de sus empleados cargara combustible equivocado y provocara daños mecánicos en su vehículo.

Un error durante la carga de combustible terminó en una condena millonaria para una estación de servicio de Pergamino, provincia de Buenos Aires. La Justicia determinó que la empresa responsable del establecimiento deberá pagar $7.010.000 más intereses al propietario de un Renault Clio diésel, luego de que un empleado le cargara nafta en lugar de gasoil.

La resolución fue dictada en primera instancia por el Juzgado en lo Civil y Comercial N.º 1 de Pergamino, que consideró acreditada la responsabilidad de la empresa por los daños ocasionados al automóvil y el incumplimiento de sus obligaciones como proveedora del servicio.

El episodio ocurrió el 15 de octubre de 2022, cuando un joven de 26 años llegó a la estación de servicio y solicitó una carga de $2.000 de gasoil para su Renault Clio.

Sin embargo, el playero despachó nafta por equivocación. Tras realizar el pago, el conductor intentó retirarse del establecimiento, pero el vehículo comenzó a presentar fallas mecánicas hasta detenerse a pocos metros del surtidor.

Según quedó acreditado durante el proceso judicial, el empleado reconoció el error y el automóvil fue trasladado, sin volver a encender el motor, hasta un taller mecánico cercano.

Allí se realizaron trabajos para intentar solucionar el inconveniente. No obstante, cuando el propietario volvió a circular, apenas logró recorrer una cuadra antes de que el motor comenzara a fallar nuevamente, se apagara y dejara de funcionar.

Ante los daños sufridos y la falta de una solución, el automovilista decidió recurrir a la Justicia e inició una demanda por daños y perjuicios en septiembre de 2024.

Las pruebas que determinaron la responsabilidad

Durante el proceso, la empresa negó los hechos, cuestionó la documentación presentada y rechazó su responsabilidad por los desperfectos del vehículo. También consideró improcedentes o excesivos los montos indemnizatorios reclamados.

Sin embargo, el tribunal entendió que esa postura no estaba respaldada por pruebas suficientes.

Para reconstruir lo sucedido, el juzgado valoró el comprobante de pago, las declaraciones testimoniales y una pericia mecánica que permitió establecer la relación entre la carga equivocada de combustible y los daños ocasionados.

El informe técnico explicó que el ingreso de nafta en un motor diésel puede provocar importantes averías en el sistema de inyección, debido a que este tipo de motores necesita la lubricación que proporciona el gasoil.

Además, detalló que una reparación adecuada requiere vaciar el tanque, limpiar el circuito de combustible y reemplazar los filtros. Dependiendo de la gravedad del daño, también puede ser necesario cambiar los inyectores y la bomba de combustible.

La sentencia estableció que la empresa responsable de la estación de servicio deberá abonar una indemnización total de $7.010.000 más intereses.

El monto contempla los daños materiales vinculados con la reparación del automóvil, la imposibilidad de utilizarlo durante el período en que permaneció fuera de funcionamiento y el daño moral ocasionado al propietario. Además, dentro de la suma fijada se incluyó una multa civil de $1.500.000 en concepto de daño punitivo.

Esta sanción fue aplicada por la deficiente prestación del servicio y la falta de una respuesta efectiva frente al reclamo del consumidor. Su finalidad es sancionar ese comportamiento y desalentar conductas similares.

 

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